Con fecha 4 de agosto de 2025, el Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo emitió un dictamen sobre algunas materias relacionadas al Decreto 21, publicado el 26 de agosto de 2024, en que se aprobó el reglamento y estableció directrices sobre el procedimiento de la investigación por acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo.
En el boletín de Actualidad Laboral preparado por nuestro abogado asociado Ignacio Cepeda, analizamos los principales efectos que este dictamen tiene para las empresas en cuánto a cómo proceder frente a una denuncia, de acuerdo a la Ley Karin.
“Se pronuncia sobre quién puede investigar denuncias (perfil del investigador), la inexistencia de “sellos” o beneficios asociados a buen trato, el estándar de análisis de la prueba en investigaciones internas, la proporcionalidad de las medidas que afecten a trabajadores, la imposibilidad de fijar medidas de resguardo de forma genérica, la posibilidad de desistirse de una denuncia, el alcance del plazo de 60 días de tutela laboral y la forma de pedir información a la DT”, explica nuestro asociado en el documento.
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