Carlos Gutiérrez de Torres, socio de GNP_Canales, fue uno de los abogados consultados por el Diario Financiero para analizar el reciente dictamen emitido por la Dirección del Trabajo (DT), el cual aborda una de las dudas clave frente a la implementación gradual de la Ley de 40 horas: ¿la hora de colación debe incluirse o no dentro de la jornada laboral?
La consulta fue originada por el sindicato de trabajadores de la Universidad Técnica Federico Santa María, y aunque se refiere a un caso específico, el dictamen establece un criterio general que será aplicado en futuras fiscalizaciones a nivel nacional.
Según lo establecido por la DT, la hora de colación debe considerarse al momento de la reducción de jornada, lo que impacta en el trabajo efectivo del trabajador cuando la jornada legal se reduzca a 42 y luego a 40 horas semanales. Señala además que, se respetarán los acuerdos colectivos vigentes que incluyan dicha hora dentro de la jornada, pero estos no serán piso de la negociación colectiva de conformidad a la ley.
❝Falta claridad y se genera una asimetría❞
Para Carlos Gutiérrez de Torres, este dictamen presenta vacíos importantes. En su opinión, “no ofrece soluciones claras frente a los desacuerdos colectivos, ni mecanismos adecuados para resolver discrepancias individuales entre trabajadores y empleadores”, señala en la publicación del Diario Financiero. Agrega además que el criterio adoptado por la autoridad genera una asimetría dentro del mercado laboral:
“Especialmente para los trabajadores nuevos y las PYMES, que verán afectada su competitividad frente a grandes empresas con mayor capacidad de ajuste operativo y económico”.
¿Qué está en juego?
El socio de GNP_Canales nos explica que la ley de 40 horas no especifica si la hora de colación debe ser parte de la jornada efectiva, lo que queda sujeto a acuerdo entre las partes. Sin embargo, advierte que si esta hora no se imputa como tiempo trabajado, la jornada efectiva del trabajador se reduciría a 35 horas semanales en un par de años. “Lo que corresponde es que los trabajadores tengan una jornada efectiva de a lo menos 42 horas desde abril de 2026 y luego 40 horas”, puntualiza.
El dictamen, según Gutiérrez, puede provocar diferencias dentro de las mismas empresas: trabajadores antiguos podrían mantener la hora de colación como imputable, mientras que los nuevos no, generando una doble estructura contractual.
También advierte que el nuevo criterio podría impactar con más fuerza a las PYMES, al reducir la jornada real de 44 a 35 horas en pocos años, sin suficiente margen para adaptarse.
Simulación de escenarios
Desde GNP_Canales seguiremos atentos a la evolución de la normativa y sus interpretaciones, para así aportar análisis y orientación experta a nuestros clientes.

