Compartimos esta columna de opinión escrita por nuestra asociada Javiera Cisterna Tapia, la cual fue publicada hoy en El Mercurio Legal.
Cuando estamos a poco más de un mes para que entre en vigencia la Ley Karin, Javiera reflexiona en su columna respecto del principio de celeridad y sus inconsistencias cuando éste se relaciona con plazos y sanciones.
“Aquí la pregunta es evidente”, señala Javiera categóricamente en su artículo, “¿qué ocurre con el principio de celeridad? Pareciera ser que se diluye en el proceso administrativo. Convengamos que una dilación de 66 días, adicionales a la fecha en que se obtienen las conclusiones, solo perpetua una situación de acoso y violencia indeseable dentro de la empresa y mantiene el sentimiento de injusticia en la(s) víctima(s). Más aún cuando aquella dilación proviene únicamente de trámites y plazos administrativos que en nada aportarán a la resolución del problema”.
Los invitamos a leer la columna completa en el PDF adjunto en este link.