Nuestro socio Carlos Gutiérrez de Torres fue consultado por Diario Financiero sobre el reciente dictamen de la Dirección del Trabajo relativo a la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia en procesos de negociación colectiva.
El nuevo criterio de la DT deja sin efecto la interpretación del gobierno anterior y reafirma que la calificación de servicios mínimos debe realizarse antes del inicio de la negociación colectiva, tal como lo establece el artículo 360 del Código del Trabajo.
Nuestro socio afirmó al medio que este pronunciamiento “corrige una desviación CG – DFinterpretativa y devuelve al artículo 360 su sentido original”, lo que entregaría mayor certeza jurídica respecto de las reglas aplicables en escenarios de huelga legal.
Compartimos la nota publicada por Diario Financiero, aquí.

