A partir de agosto de este año entró en vigor, de manera gradual, la Ley N° 21.735 de reforma previsional, que incorpora una nueva cotización previsional de cargo exclusivo del empleador, equivalente a un 1% de la remuneración imponible. Esta obligación también aplica en situaciones de incapacidad laboral, por lo que el empleador deberá asumir dicho costo durante los períodos de licencia médica.
En este Actualidad Laboral Cristóbal Silva, asociado de nuestra oficina, explica las implicancias que tiene la reforma previsional para los empleadores en el caso de las licencias médicas. En dicha instancia, nuestro asociado advierte que el pago de este nuevo punto adicional de cotización es responsabilidad del empleador. Costo que se añade a la obligación, que ya existía, de pagar la cotización del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); y el Aporte Patronal al Seguro de Cesantía.
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