Nuestra socia Lilia Jerez fue consultada por Pulso, de La Tercera a propósito del debate en torno a la implementación de la Ley Karin y la necesidad de introducir modificaciones a través de un nuevo reglamento.
La publicación recoge distintas visiones sobre la aplicación práctica de la normativa y los desafíos que se han evidenciado desde su entrada en vigencia, especialmente respecto de los procedimientos de investigación y los criterios para determinar la admisibilidad de las denuncias.
En este contexto, nuestra socia se refirió a la necesidad de establecer mayores filtros al momento de ingresar las denuncias, con el fin de que el procedimiento se utilice para aquellos casos que efectivamente corresponden a las conductas reguladas por la Ley Karin.
“El poner más filtros al ingreso, lo que se denomina examen de admisibilidad, no busca el hecho de que no se realicen denuncias, sino que las denuncias que se reciban sean aquellas que efectivamente son referentes a acosos laborales o acosos sexuales”.
Explicó en el artículo que el objetivo es evitar que la ley sea utilizada para abordar situaciones que, aun cuando puedan representar dificultades o conflictos al interior de una relación laboral, podrían encontrar solución a través de otras vías.

